El 25 de noviembre se observó – como desde el año 2000 – el Día Internacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer. Ese mismo día comenzó la vigésima segunda jornada de solidaridad con esta causa: los Dieciséis Días de Activismo en contra de la Violencia de Género, iniciativa iniciada en noviembre de 1991 por el Centro para el Liderazgo Global de la Mujer/Center for Women’s Global Leadership localizado en la Universidad Rutgers, en New Jersey. Yo fui testigo de aquellos principios, como miembro de la comunidad académica de Rutgers, al igual que de la campaña para ampliar la Declaración Universal de Derechos Humanos con la inclusión de un documento titulado Los Derechos de la Mujer Son Derechos Humanos. El motor detrás de esos 16 días fue mi colega, la doctora Charlotte Bunch, un verdadero pilar entre los pilares del activismo feminista norteamericano.
Los 16 días -que en la actualidad observan las organizaciones no-gubernamentales en casi todos los países miembros de ONU- tienen como objetivo vincular la atención y el activismo mundial en contra de la violencia de género entre el 25 de noviembre y el 10 de diciembre, Día Internacional de los Derechos Humanos.
¿Cuál es la definición más aceptada sobre la violencia en contra de la mujer?
La Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer reconoce la desigualdad entre hombres y mujeres, y fue adoptada por la Asamblea General de ONU en 1993. La Declaración sostiene que: Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privaci6n arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada, constituye específicamente violencia de género.
En la Declaración también se incluyen:
1. La violencia física, sexual y psicológica que se produzca en la familia y en la comunidad, incluidos los malos tratos, el abuso sexual de las niñas, la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital femenina y otras prácticas tradicionales nocivas para la mujer;
2. La violencia perpetrada por otros miembros de la familia;
3. La violencia relacionada con la explotación;
4. El acoso y la intimidación sexuales en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros lugares;
5. La trata de mujeres;
6. La prostitución forzada, y
7. La violencia perpetrada o tolerada por el Estado.
Violencia en Cuba es, hoy por hoy, el arresto arbitrario de mujeres opositoras; el hostigamiento y la violencia verbal y física que sufren las Damas de Blanco a lo largo y ancho de la isla por parte de las Brigadas de Respuesta Rápida que moviliza el gobierno cubano; la muerte de la opositora pacífica Laura Pollán hace un año; el arresto sin instrucción de cargos de la activista afro-descendiente Sonia Garro; el acoso a las blogueras independientes, y particularmente el que recibe Yoani Sánchez; las presiones que el régimen impone sobre juristas como Laritza Divergent y otras colegas, por defender los derechos ciudadanos que rezan en la Constitución de la República.
Tenemos 16 días para conversar sobre la erradicación de la violencia contra la mujer. Sirva esta columna de hoy como la primera sobre el tema.